Por medio de esto el gobierno busca
garantizar el derecho del trabajo que tiene los colombianos, permitiendo a las
personas sin estabilidad laboral que consiga vacantes con su perfil y empresas
contar con una plataforma que les surta de posibilidades para sus necesidades
laborales.
Esta son las palabras del viceministro
de empleo y pensiones, Juan Carlos Cortés. "Es una gran oportunidad que se abre
hoy para los empleadores. El Servicio Público de Empleo ha venido
desarrollándose de manera progresiva, primero, con la instrumentación de los
operadores, la inscripción de las hojas de vida y ahora le ofrece a los
empleadores la opción de registrar las vacantes que tengan disponibles y así
conocer en el mercado laboral qué plazas de trabajo están libres", (Tomado
de http://www.mintrabajo.gov.co/julio-2014/3589-vacantes-de-trabajo-tendran-que-ser-registradas-desde-hoy-en-el-servicio-publico-de-empleo.html)
Y estas son las palabras de Luis
Ernesto Gómez, director del Servicio Público de Empleo. "El propósito de esta medida es garantizar el derecho al trabajo
que tienen todos los colombianos permitiéndoles acceder a las oportunidades
laborales que hay en su ciudad y en el país de manera democrática y sin la
necesidad de una palanca. El conocer las vacantes y los perfiles laborales que
demandan las empresas nos da la posibilidad de orientar mejor la formación para
el trabajo y las políticas públicas de educación. Es importante aclarar que los
empleadores no están obligados a contratar a las personas que le sean remitidas
desde los Centros de Empleo, ellos siempre podrán escoger libremente sus
trabajadores; sin embargo estamos seguros que a través del SPE encontrarán
mejor personal con mejores competencias y habilidades" Así mismo,
precisó el Viceministro de Empleo y Pensiones: "En la fase inicial se va a
tener un proceso pedagógico entre el 1° de julio y el 31 de octubre de 2014.
Hoy tenemos registrados 400 mil empresas, de ellas, 30 mil están usando
activamente el Servicio Público de Empleo, lo cual quiere decir que están
buscando proveer sus vacantes a través de éste. Esperamos que en los próximos
meses sean 100 mil las empresas que usen esta nueva plataforma gratuita".(Tomado
de http://www.mintrabajo.gov.co/julio-2014/3589-vacantes-de-trabajo-tendran-que-ser-registradas-desde-hoy-en-el-servicio-publico-de-empleo.html)
ABC del Servicio Público de Empleo
¿Qué
leyes o decretos reglamenta esta medida?
¿Desde
cuándo todos los empleadores del país deben reportar sus vacantes al Servicio
Público de Empleo?
A partir del 1 de julio de 2014 y
hasta el 31 de octubre se desarrollará la fase de implementación pedagógica, durante
este periodo busca la adaptación del servicio por parte de trabajadores y
empleadores. El ministerio de trabajo hará seguimiento por parte de la Unidad del
Servicio de Empleo para evaluar la necesidad de imponer sanciones.
Una vez terminado el proceso pedagógico
el gobierno reglamentaria las posibles sanciones que abría lugar a los
empleadores que no reportes sus vacantes al SPE.
¿Qué
beneficios traería esta medida?
Para las empresas, asesoría gratuita, servicios
de orientación, preselección y remisión del talento humano. Los centros de empleo
brindaran acompañamiento con especialistas del talento humano con el ánimo de
que las empresas encuentren el personal idóneo para las vacantes ofrecidas, lo
que permite la reducción de costos y tiempos de contratación para el empleador,
aumento de productividad y competitividad.
Para los oferentes, para las personas
que no poseen empleo los beneficios son en síntesis el acceso abierto y
democrático de las oportunidades de trabajo conociendo la oferta de empleo de
todo el país.
¿A
qué empresas recae esta medida?
Todos los empleadores del país están
obligados a reportar sus vacantes al Servicio Público de Empleo
¿Qué procedimiento debe cumplir un
empleador o empresario para registrar su empresa y sus vacantes?
Los empleadores deben hacer el
registro de sus empresas y de sus vacantes ante un Prestador de Servicio Autorizado
que puede escoger en la página web www.serviciodeempleo.gov.co/puntosdeatencion
y así recibir atención personalizada.
Una vez registrado en la plataforma, el empleador o empresario recibirá un
usuario y contraseña necesarios para publicar y hacer seguimiento a sus
vacantes. Si no se puede acercar a un Prestador de Servicio Autorizado, podrá recibir atención inmediata en la línea
telefónica gratuita 120 desde cualquier
celular.
¿Cuáles
son los diferentes prestadores de servicio autorizados?
Los diferentes Prestadores de Servicio
Autorizados como las Cajas de Compensación Familiar, el SENA, las Alcaldías,
las Gobernaciones y los prestadores privados de empleo.
¿Qué
sucede si siendo empleador no reporto mis vacantes por este mecanismo?
Inicialmente no hay medidas
sancionatorias a las empresas que incumplan esta norma, pero se espera que una
vez terminada la etapa pedagógica el gobierno reglamente las sanciones.
¿Qué
control tendrá esta medida?
Los centros de empleo informara
diariamente los movimientos que tenga las empresas con respecto a sus vacantes
a las unidad de servicio de empleo y verificar si se da cumplimiento con la
norma, de igual forma se espera que con el reglamentario sancionatorio ilustren
otra medidas de control.
Fuentes
de Información
En los sitios web:
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